Compliance
Ley relativa al salario mínimo de Alemania (MiLoG)
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- Code of conduct
- Supplier code of conduct of the Brand Group
- Return of electrical equipment
- Eliminación de pilas usadas
- Ley relativa al salario mínimo de Alemania (MiLoG)
- Toxic substances control act (TSCA))
- California proposition 65
- Reglamento REACH
- Regulation on ecodesign - IE2 statement
- Corporate due diligence in supply chains
- Conflict minerals
- Política de privacidad
- Imprint
- Disclaimer
Ley relativa al salario mínimo de Alemania (MiLoG)
Para la aplicación de las disposiciones de la Ley relativa a la regulación de un salario mínimo general (MiLoG) de la República Federal de Alemania del día 16/08/2014, declaramos lo siguiente:
- Mediante el Código de conducta de septiembre de 2011, VACUUBRAND GMBH + CO KG se compromete de manera vinculante a respetar el derecho, la ley y los principios éticos comerciales descritos en el código. Esto incluye, naturalmente, el cumplimiento de las regulaciones del convenio colectivo de trabajo, o bien, las disposiciones legales relativas al salario mínimo. Con respecto al salario mínimo, declaramos lo siguiente:
- VACUUBRAND GMBH + CO KG cumple con lo dispuesto en la Ley relativa a la regulación de un salario mínimo general y con las obligaciones resultantes, en especial, con el pago del respectivo salario mínimo actualmente vigente según el art. 1 MiLoG.
Le rogamos comprenda que, debido a los esfuerzos de tiempo y control requeridos, no es posible completar las consultas sobre la Ley relativa al salario mínimo y, por motivos relacionados con las disposiciones legales sobre la protección de datos, no podemos facilitar ninguna información sobre los datos relativos a los empleados, en la medida en que no existe ninguna obligación legal de proporcionar información. Por este motivo, le solicitamos se abstenga de realizar tales consultas.
No hay ninguna base jurídica para las declaraciones individuales de compromiso o exención que, eventualmente, puedan ir más allá de las disposiciones de la MiLoG. De manera preventiva, indicamos que la responsabilidad de la entidad contratante resultante del art. 13 MiLoG en combinación con el art. 14 de la Ley sobre el desplazamiento de trabajadores de Alemania (AEntG, por las siglas en alemán de «Arbeitnehmer-Entsendegesetz») no se extiende a los contratos de compraventa.
En caso de dudas sobre este tema, envíenos su consulta a la siguiente casilla de correo, por favor: regulatory@vacuubrand.com. Responderemos su consulta a la mayor brevedad posible.
Wertheim, 15 de enero de 2021
VACUUBRAND GMBH + CO KG